Los niños que están dentro del espectro TEA tienen permiso para salir a la calle, según la modificación plasmada en el real Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, es el artículo 7, en el que se establecen los límites generales a la libertad de circulación de las personas en el estado de alarma, añadiendo a las limitadas excepciones el hecho de que las actividades “deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada.

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